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sábado, 27 de enero de 2018

Central hidroeléctrica Portezuelo del Viento y conflictos relacionados



La provincia de Mendoza, Argentina, viene intentando construir una central hidroeléctrica sobre el Río Grande ubicado en esa provincia. Enunciado de esta manera, el hecho  puede parecer una noticia intrascendente pero, conociendo los conflictos relacionados, veremos que estamos frente a un gran problema.

Introducción
El Río Grande, ubicado dentro de la provincia de Mendoza, junto con el Río Barrancas, ubicado en la provincia de Neuquén, son los principales afluentes del Río Colorado. (Fig.1)
Pero obsérvese también que el Río Colorado constituye el límite entre las provincias de Mendoza y Neuquén, entre La Pampa y Río Negro y entre las provincias de Buenos Aires y Río Negro.
La Pampa, Río Negro y Buenos Aires realizan importantes aprovechamientos del Río Colorado. La Pampa, por ejemplo, ha construído un acueducto desde El río Colorado y con él abastece a toda la provincia con agua potable. Cuenta con más de 900 km de ductos distribuidos a lo largo y ancho del territorio pampeano. Y este acueducto es vital para esta provincia, ya que el Colorado es el único río al que tiene acceso. La otra opción, que se analizó antes de decidir por construir el acueducto desde el Río Colorado, fue la de utilizar agua subterranea, que por contener una alta contaminación de arsénico,  se hacía necesario utilizar ósmosis inversa para potabilizarla, lo que es mucho más caro y complicado. Con el acueducto, en cambio, se requiere un proceso convencional de potabilización.
También, sobre el Río Colorado se encuentra instalada y funcionando la Central hidroeléctrica Casa de Piedra, construída por La Pampa, Río Negro y Buenos Aires. Además, el agua del Colorado es utilizada para riego, por las provincias de Buenos Aires, La Pampa y Río Negro.
El río Colorado tiene un caudalde 139 m3/seg., medidos el 10 de enero de 2018 por la Secretaría de Recursos hídricos de la provincia de La Pampa. El Río Grande tiene un promedio de 107 m3/seg de caudal, constituyendo el principal afluente del Colorado.
Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (COIRCO)
El Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (COIRCO) es el organismo interprovincial responsable de la administración de la cuenca del río Colorado. Está integrado por representantes de las 5 provincias sobre las que se extiende su cuenca: Mendoza, Neuquén, La Pampa, Río Negro y Buenos Aires, y por el Estado Nacional.
DECRETO-LEY 8.749/77 (2 de febrero e 1977): http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/d-8749.html
Nota: después de leer esta maraña de disposiciones, acuerdos, decretos, leyes, etc, es fácil entender porqué esta gente no ha podido ponerse de acuerdo.


Fig.1 – La cuenca del Río colorado.


La cuenca del Río Desaguadero
Para entender el tema es necesario conocer la cuenca del Río Desaguadero y los problemas que se han ido generando sobre la misma por la intervención humana. (Fig.2)
Nace en la ladera sur del cerro Bonete,  en el Noroeste de la provincia de La Rioja a unos 5.500 m de altura (snm). En La Rioja recibe los nombres de río de Oro, río Bonete y Jagué aunque se le conoce principalmente como río Vinchina o Bermejo, luego recorre el Este de la provincia de San Juan en donde recibe los aportes hídricos del río Jáchal  y del río San Juan. Al llegar a los actuales confines de las provincias de Mendoza, San Luis y San Juan ingresa en un área de hundimiento en donde sus aguas han formado el sistema de las Lagunas de Guanacache (sistema palustre prácticamente desecado desde fines del Siglo XIX).
Tras superar estas lagunas, recibe el nombre de Desaguadero, formando el límite entre las  provincias de Mendoza y San Luis hasta el paralelo 36º S, donde ingresa a la provincia de La Pampa. En esta, y hacia los 36º16’ S, recibe por su margen occidental las afluencias del río Atuel. Al sur de tales bañados y hasta las lagunas Urre Lauquen y La Amarga el río es llamado Chadileuvú (Río Salado). Al superar la laguna Urre Lauquen recibe otro nombre: Curacó (agua de piedra), confluyendo en el río Colorado hacia los 38º50’07” S; 64º58’47” O.
El río Desaguadero recibe sus principales afluentes a lo largo de su margen oeste desde el Norte hacia el Sur en el siguiente orden: Huaco, Jáchal, San Juan, Mendoza (a través del citado río San Juan), río Tunuyán, río Diamante, y río Atuel. Todos estos ríos se originan en los deshielos de la cordillera de los Andes. Por este motivo y por las escasas precipitaciones que ocurren en el extenso territorio que recorre, sus máximos caudales se dan a fines de primavera e inicios del verano.
Si al río Desaguadero le llegaran los caudales originales de sus afluentes, debería tener un caudal del orden de 50 a 60 m3/seg., pero el caudal que le llega de sus afluentes es muy reducido, por el uso para riego que se hace de ellos, principalmente en las provincias de Mendoza y San Juan, por lo cual desde fines del siglo XIX, el caudal que transporta es exiguo.
Para tener idea de la realidad, la Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia de La Pampa midió un caudal de 0,79 m3/seg para el Río Salado el 28 de diciembre de 2017 y un caudal de 0,68 m3/seg para el Río Atuel el 19 de enero de 2018.
De este modo a la desembocadura del río Curacó en el Colorado no llega una gota de agua y cuando le llega algo, contiene tantas sales que los bonaerenses se quejan porque les contamina el río Colorado. Por eso, años atrás se construyó un terraplén, llamado “Tapón de Alonso” que no permitía el ingreso de la salmuera del Curacó al Colorado.

Si hacemos la diferencia entre los caudales del Salado y del Atuel, tendremos aproximadamente el caudal que le llega a La Pampa del Deaguadero, antes de recibir el aporte del Atuel: 0,79 – 0,68 =  0,11 m3/seg. = 110 litros/seg.

Fig.2 – Cuenca del Río Desaguadero – Faltan en este mapa el río Mendoza ubicado al norte del río Tunuyán y los ríos  Grande y Barrancas.
Los Nihuiles
El Sistema Los Nihuiles, Situado sobre el Río Atuel, en la provincia de Mendoza, tiene una capacidad instalada de 257,44 MW y está conformado por tres presas y tres plantas generadoras de energía hidroeléctrica (Nihuil I, Nihuil II y Nihuil III), así como por un dique compensador, al que se le ha instalado una turbina, para aprovechar el salto, denominando a esta instalación eléctrica Nihuil IV. (Fig.3). El dique compensador tiene la función de mantener el caudal de riego de manera independiente de la operación de las turbinas. El Sistema Los Nihuiles cubre una longitud total de cerca de 40 km y una diferencia de altura de entre 440 m y 480 m. Con el agregado de la turbina del dique compensador, de 30MW, la potencia instalada total se elevó a 287,44MW.
La ciudad más cercana a todas las represas es la ciudad de San Rafael.
Fig.3 – Presas y centrales hidroeléctricas Los Nihuiles, en la Prov. de Mendoza. En ordenadas las alturas sobre el nivel del mar.

La presa El Nihuil, cuya central se denomina Nihuil I. Su construcción se inició en 1941 y se terminó en 1947, pero la Central eléctrica recién entró en servicio en el año 1957 bajo el control de Agua y Energía Eléctrica S.E. La presa es de hormigón de eje curvo con una altura sobre lecho del río de 25,00 m y una longitud de 465,00 m, lo que le permite almacenar 263,13 hm3. El caudal medio anual del río es de 35,5 m3/seg y se han observado crecidas de hasta 230,00 m3/seg. La central posee 4 turbinas Francis con una potencia unitaria total de 18,56 MW y una generación media anual de 365,00 GWh.
La presa Aisol, cuya central se denomina Nihuil II. La presa se inauguró en 1957 y la Central eléctrica entró en servicio en 1968 bajo el control de Agua y Energía Eléctrica S. E. La presa es de hormigón de eje recto con una altura sobre lecho del río de 40,00 m y una longitud de 85,00 m, lo que le permite almacenar 222,28 hm3. El caudal medio anual del río es de 35,5 m3/seg y se han observado crecidas de hasta 230,00 m3/seg. La central posee 6 turbinas Francis con una potencia instalada de 131,20 MW y una generación media anual de 380,00 GWh.
La presa Tierra Blancas, cuya central se denomina Nihuil III. Su construcción se inicia en 1969, terminándose la presa en 1972 y la Central entró en servicio en el año 1977 bajo el control de Agua y Energía Eléctrica S.E. La presa es de hormigón de eje recto con una altura sobre lecho del río de 37,00 m y una longitud de 122,00 m, lo que le permite almacenar 0,80 hm3 .El caudal medio anual del río es de 35,5 m3/seg y se han observado crecidas de hasta 545,00 m3/seg. La central posee 2 turbinas Francis con una potencia unitaria total de 26,00 MW y una generación media anual de 18,26 GWh.
La presa Valle Grande (dique compensador), cuya central se denomina Nihuil IV. Su construcción se inicia en 1958 y se inaugura la presa en 1964 y la Central en 1997, comenzando su operación bajo el control de la concesionaria Hidronihuil  S.A. La presa es de hormigón de eje recto con una altura sobre lecho del río de 115,00 m y una longitud de 300,00 m, lo que le permite almacenar 150,80 hm3 de agua. El caudal medio anual del río es de 35,5 m3/seg y se han observado crecidas de hasta 400,00 m3/seg. La central posee 1 turbina Kaplan con una potencia unitaria total de 30,00 MW y una generación media anual de 130,00 GWh.
Diferencias entre los ríos Atuel y Desaguadero
La principal diferencia entre ambos ríos es la calidad de sus aguas. El Desaguadero tiene un alto contenido de sales y en cambio el Atuel es un río de agua dulce de buena calidad.
El reclamo de La Pampa por el Río Atuel
La provincia de La Pampa dejó de recibir las aguas del Río Atuel en forma regular partir de 1947, cuando Mendoza inauguró la presa Nihuil y a partir de entonces la situación se fue agravando cada vez más, a medida que Mendoza iba inaugurando nuevos embalses.
Las centrales hidroeléctricas no son la causa de que a la Pampa no le llegue agua, ni por el Atuel, ni por el Desaguadero, la cusa es el consumo del agua para riego aguas arriba de La Pampa.
Cada uno de los embalses de Mendoza, mostrados en la Fig. 3, además de ser usados para generar energía eléctrica, son usados para riego y eso es lo que hace que de los caudales promedios que maneja Mendoza del Atuel, del orden de más de 30 m3/seg, lleguen a La Pampa 0,68 m3/seg en el mes de máximo deshielo.
Todo lo visto ha traído como consecuencia la interrupción de la conexión entre las cuencas del Desaguadero y del Colorado. Y esta conexión es algo que había sido una decisión de la naturaleza, ya que antes de que el hombre interviniera, ambas cuencas se conectaban.
A pesar de la creencia de muchos, cada vez que el hombre modifica a la naturaleza, introduce problemas serios, como en este caso.
En el siguiente enlace se puede ver un video donde se aprecian las consecuencias en la provincia de La Pampa de tal intervención: https://rep.lapampa.edu.ar/index.php/material-audiovisual/ciencias-sociales-y-naturales/item/rio-salado-chadileuvu-curaco
La provincia de la Pampa ha realizado una infinidad de reclamos desde 1947 hasta la actualidad por el corte del ingreso de los ríos Desaguadero y Atuel a su territorio, sin resultados satisfactorios.  Finalmente, en el año 2014, La Pampa demandó a la Provincia de Mendoza ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación  por el corte del Río Atuel.
La Provincia de La Pampa demandó a la Provincia de Mendoza sosteniendo que esta última incumplía la obligación de negociar y celebrar de buena fe los convenios para regular los usos del río Atuel – que atraviesa ambas provincias - y solicitó que se declare la presencia de daño ambiental, como consecuencia de los incumplimientos señalados y se ordene su cese y la recomposición del ambiente. Sostuvo, además, que debía fijarse un caudal de agua mínimo a ingresar al territorio pampeano, teniendo en cuenta el derecho humano al agua y al crecimiento armónico y equilibrado entre las provincias. Pidió asimismo que se le ordene a la provincia demandada la realización de las obras necesarias para optimizar la utilización del recurso agua en su sistema de riego y se la condene a indemnizar por los perjuicios sufridos con motivo de los incumplimientos. La Corte, que había declarado en un pronunciamiento anterior del año 2014 su competencia originaria para entender en la causa, sostuvo que su intervención en el litigio se enmarcaba en el artículo 127 de la Constitución Nacional, según el cual las quejas de las provincias deben ser sometidas a la Corte Suprema de Justicia y dirimidas por ella. Corrió traslado de la demanda a la Provincia de Mendoza y citó al Estado Nacional como tercero. Posteriormente se llevó a cabo una audiencia pública que contó con la participación y exposición de los “Amigos del Tribunal”, los gobernadores y fiscales de Estado de las partes y una funcionaria del Ministerio de Energía y Minería por el Estado Nacional.
El 1º de diciembre de 2017 la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió su Sentencia:
EL VOTO DE LA MAYORÍA (LORENZETTI, HIGHTON, MAQUEDA, ROSATTI)
En el marco de la demanda iniciada por la Provincia de la Pampa contra la provincia de Mendoza por el uso y aprovechamiento del río Atuel, la Corte Suprema resolvió que esas dos provincias -en forma conjunta con el Estado Nacional- deberán elaborar por intermedio de la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior (C.I.A.I.) un programa de ejecución de obras para resolver el conflicto.
La presentación de ese programa deberá ser sometido a la aprobación de la Corte Suprema dentro del plazo de 120 días.
El programa señalado deberá contemplar diversas alternativas técnicas en relación a la problemática del río Atuel; los costos de la construcción de las obras y su modo de distribución entre los tres estados mencionados. También deberá contemplar sus beneficios, las urgencias de las poblaciones circundantes, la defensa del acceso al agua potable, la participación de las comunidades originarias radicadas en la región, como asimismo la sostenibilidad de la actividad económica productiva y la del ecosistema. La Corte ordenó además a las partes que fijen un caudal hídrico apto en el plazo de 30 días para la recomposición del ecosistema afectado en el noroeste de la provincia de La Pampa.
En el siguiente enlace se puede acceder al original de la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación:
La provincia de Mendoza propondría el trasvase de parte del caudal del Río Grande (34 m3/seg) al Río Atuel, para cumplir con las obras exigidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y permitir que La Pampa reciba el caudal que se acuerde del Atuel, a lo que la provincia de La Pampa se opone, dado que esto afectaría el caudal de del Río Colorado, que ya está en conflicto por la construcción del proyecto Portezuelo del Viento. En cambio, La Pampa propone que Mendoza haga más eficiente el riego, usando el método de goteo, por ejemplo y que reduzca las pédidas por filtración en los canales de riego.
Según el Diario La Arena, La Pampa presentó, el 16 de enero de 2018, formalmente en el seno de la Comisión Interjurisdiccional del Atuel Inferior (CIAI), su pedido de contar con un ingreso mínimo del río Atuel de 4,5 m3/seg, con un caudal promedio anual de 7 a 9,5 m3/seg. Mendoza no rechazó esa posibilidad, pero cuestionó el estudio de la Universidad Nacional de La Pampa que determinó esos valores. Pidió hacer un nuevo estudio, que deberá estar terminado para antes del 14 de febrero, cuando vencen los 30 días que estableció la Corte Suprema de Justicia para definir este punto. La Pampa dijo que si, y que participará del trabajo.
¿Que es la Comisión Interjurisdiccional del Atuel Inferior (CIAI)?
El 7 de noviembre de 1989, los gobernadores de las provincias de Mendoza (José Octavio Bordón) y La Pampa (Néstor Rufino Ahuad) suscribieron el Protocolo de Entendimiento Interprovincial (P.E.I.), mediante el cual se creó la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior (CIAI) con el objeto de ejecutar acciones tendientes a lograr una oferta hídrica más abundante que permitiera ampliar el área de riego y el restablecimiento del sistema fluvial ecológico del curso inferior del Río Atuel, para satisfacer las necesidades de aprovisionamiento de las poblaciones allí ubicadas.
Proyecto Portezuelo del Viento
Portezuelo del Viento es un proyecto de una central hidroeléctrica a construirse sobre el río Grande, en el departamento de Malargüe, en la provincia de Mendoza. Esta obra se ha previsto como el componente más importante de un complejo formado por cinco centrales que se instalarían sobre ese río. La potencia instalada sería de 90MW, mediante tres turbinas Francis.
Está previsto que el proyecto completo genere hasta 210 MW de potencia instalada, cantidad suficiente para abastecer a 740 mil viviendas con electricidad.
Toda la energía eléctrica generada ingresaría al SADI (Sistema Argentino De Interconexión).
El Laudo arbitral presidencial
¿Porque Macri tuvo que laudar en el trámite para autorizar la construcción de Portezuelo del Viento en el COIRCO?
La obra está prevista en territorio mendocino sobre el río Grande, afluente del río Colorado. Cuatro provincias, Buenos Aires, Río Negro, Neuquén y Mendoza aprobaron la obra y manejo, pero La Pampa se opuso. Y las decisiones del Comité de Gobierno (integrado por los gobernadores y el ministro del Interior, Rogelio Frigerio) debe adoptar las decisiones por unanimidad. Cuando no hay acuerdo, el estatuto del COIRCO prevé el laudo presidencial.
Después de que el presidente Macri laudara a favor de Mendoza, la Provincia de la Pampa resolvió presentar una demanda ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra dicha resolución, pidiendo la nulidad del laudo. Declaraciones poco felices, que realizó el presidente Macri en Chubut sobre la realidad del Río Colorado, contribuyeron a producir indignación en La Pampa.
El gobierno provincial, con el respaldo de entidades intermedias y representantes oficiales y no gubernamentales, reprochó la arbitrariedad del laudo presidencial respecto de Portezuelo del Viento y denunció que se ocultaron documentos y que la verdadera intención es concretar el trasvase del río Grande al Atuel.

Referencias




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